1. (Segle XVI). Vicari General de Flandes i Sub-delegat de l’Arquebisbe de Cambrai. Peça clau en en la guerra de l’emperador Carles I contra els protestants. Se’l nomena en un manuscrit de la Biblioteca Universitària de Granada. L’Arxiver Aureliano del Castillo el va donar a conèixer en la «Revista del Centro de Estudios Històricos de Granada y su Reino», (nº 3 i 4), de l’any 1916. Correspon l’autoria de dit manuscrit al jesuita P. Antoni Crespo, enviat especial del rei Felip II a Flandes i França a fi de que s’estudiessen les reformes dels exèrcits que Espanya tenia llavors en guerra contra els heretges protestants. Proposava el P. Crespo que l’il.lustríssim Francesc de Vinaròs, com a Vicari General d’Espanya en aquelles terres no tinguès altra autoritat per damunt d’ell que la del Papa de Roma, sustraent-lo de la de l’Arquebisbe de Cambrai. Se’l considera el primer vinarossenc il.lustre de més categoria. El que diu i fa referència al sacerdot vinarossenc és el següent: “El Vicario General Francisco de Vinaroz que ahora está allí, es subdelegado del Arzobispo de Cambray, que es el propietario, la cual Subdelegación, conforme a lo que hemos visto, es causa de que lo especial del ejército no anda como debe, porque los capellanes, que por la mayor parte son religiosos, no tienen al dicho Francisco de Vinaroz, que es su inmediato superior, la reverencia que se le debe, porque con tener dos tribunales, si en éste, que es el que los trae adelante y ve su bueno o mal proceder y los quieren corregir o reprender, o no los quieren admitir por ser ignorantes y no traer muy justificadas sus dimisorias, o por otros defectos, acuden al de Cambray, y por favor o por lo que ellos saben alegar y negociar, los admite, lo cual es causa de que el respeto y obediencia que se debe al inmediato superior no esté en el punto que es razón. Y por esta misma causa se le han atrevido y vuéltose contra él, con no pequeño escándalo de los que entendían; y de este se han seguido otros muchos inconvenientes que por evitar prolijidad dejo de decir. / De manera que para evitarlo todo y poner este tribunal en el término que ha menester, seria muy expediente que el dicho Vicario General no tuviese otro superior que al Sumo Pontífice, para que asistiendo a sus tiempos en el ejército, sepa, vea y entienda cuales son, como viven y cumplen con su obligación los dichos capellanes, Porque de no ser de buena y ejemplar vida y doctos, a lo menos, en materia moral, se siguen grandes daños, como habemos visto, muchos escándalos y no poco daño en la hacienda del Rey, Y para que sean los dichos Capellanes cuales son menester, conviene mucho que tengan con qué entretenerse sin necesidad de la mesa ni de otra ayuda del Maese de Campo o de los capitanes, para que con libertad, sin más respeto del que se debe a Dios, hagan lo que deben; lo cual es de tanta importancia que no se puede encarecer. / Conviene asimismo que el Vicario General sea como inquisidor y juez absoluto que castigue a los blasfemos, nefandos y amancebados, sin que otro alguno en esto pueda ponerle impedimento, porque de otra manera en este tribunal habrá mil faltas, como en lo pasado lo hemos visto. / Conviene asimismo que el que fuese Vicario General sea también administrador del Hospital Real. Que sea hombre principal, que tenga bien de qué vivir y cierta esperanza de que haciendo el deber ha de ser acrecentado y honrado, como no han sido los predecesores del que hoy es, y para esto y todo lo demás, conviene mucho que sea sabido, digno de veneración y discreto, muy caritativo y que guste mucho de ver como son tratados y curados los heridos y enfermos. Que sepa, por vista de ojo, si los médicos y cirujanos saben y hacen lo que deben y si están entretenidos, de suerte que para con los enfermos y consigo no haya falta, trayéndolos siempre a la vista del Administrador para que no haya descuidos”.
2. Vegeu Febrer Grau, Francesc.